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¿Cómo obtener la visa de residente en Colombia?

27 Enero 2016

La visa RE tiene una vigencia indefinida. En cambio, las visas temporales tienen vigencias limitadas. Por ejemplo, la visa de trabajo (TP-4) tiene vigencia máxima de 3 años.

El titular de una visa RE disfruta de una estadía estable y duradera en Colombia. En cambio, cuando se termine el contrato de trabajo del titular de una visa TP-4, éste debe o abandonar Colombia o buscar un nuevo empleo o solicitar otro tipo de visa. En una situación similar se encuentra el titular de una visa de cónyuge (TP-10) después de separarse de su pareja.

La visa RE es un requisito para la adquisición de la nacionalidad colombiana por adopción. Antes de pedir la naturalización el solicitante tiene que haber poseído una visa RE durante un determinado periodo de tiempo.

La visa RE permite ejercer cualquier actividad legal en Colombia. Por su parte, el titular de una visa TP-4 requiere la autorización previa de la Cancillería para cualquier cambio de empleador.

Bajo ciertas circunstancias los titulares de visa RE pueden votar en las elecciones municipales y distritales.

De acuerdo a la normatividad migratoria vigente las circunstancias siguientes permiten solicitar una visa RE:

Quién sea padre o madre de un nacional colombiano podrá pedir una visa RE. Si el niño nace en el exterior hay que registrarlo primero en el consulado colombiano para que adquiera la nacionalidad colombiana (siempre que uno de sus padres sea colombiano). Enseguida el progenitor extranjero podrá solicitar la visa RE.

Las personas que han renunciado a la nacionalidad colombiana en el pasado (en la mayoría de los casos para adquirir la nacionalidad de otro país que prohibe la doble nacionalidad) pueden pedir una visa RE.

Además, quién ha sido titular de cierta visa TP durante un tiempo mínimo continuo de 5 años, podrá solicitar una visa RE. Estas categorías incluyen la visa de estudiante (TP-3), la visa de trabajo (TP-4) y la visa TP-7 (socio de una sociedad, dueño de un inmueble, pensionado, etc.).

En el caso de la visa de cónyuge (TP-10) la titularidad continua de ésta durante un tiempo mínimo de 3 años permite pedir una visa RE. En este caso se requiere el consentimiento del cónyuge colombiano con la expedición de la visa RE.

Finalmente, puede solicitar una visa RE quién haya registrado una inversión extranjera directa ante el Banco de la República en monto superior a 650 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por ejemplo un aporte de capital a una sociedad o una compra de finca raíz.

En todo caso, el otorgamiento de la visa RE es una facultad discrecional del Gobierno Nacional. La visa RE tampoco asegura que el extranjero se quedará en Colombia para siempre. El Estado colombiano puede deportar a un extranjero a su país de origen, entre otros por incurrir en delitos penales.

Fue loable la decisión del Gobierno Nacional de reintroducir la vigencia indefinida de la visa RE. Su vigencia indefinida brinda estabilidad a los extranjeros que quieren construir su vida e invertir en Colombia.